Renovación de carnet de Conducir

En el caso de disponer del permiso de conducir y este ya paso su periodo de validez, sólo se debe hacer una renovación de Carnet de Conducir. De igual forma el ente encargado y autorizado para otorgar la renovación de este permiso, es la Dirección General de Trafico (la DGT).

La renovación de un documento, en este caso del carnet de conducir, es el restablecimiento del periodo de validez de un título legal para poder circular con un vehículo automotor o ciclomotor en las vías públicas del territorio español.

Periodo de Vigor para la Renovación de Carnet de Conducir. 

La validez o la vigencia del carnet de conducir depende de las condiciones de salud del solicitante, de la perdida de los puntos en su carnet de conducir y del mantenimiento de los requerimientos exigidos para el otorgamiento.

El periodo de vigor depende del tipo de permiso cuando es de la clase B, su vigencia es de 10 años hasta los 65 años del titular, ya pasado de los 65 años la vigencia es de 5 años. Dentro de las clases C1, C1 + E, C, C+E, D1, D1+E, D y D +E, la vigencia es de 5 años hasta los 65 años del titular, una vez cumplidos los 65 años el periodo es de 3 años.

Se debe consultar en la Página de la DGT los tipos de permisos según cada letra. Para realizar la solicitud de renovación, esta debe realizarse 3 meses antes del vencimiento del carnet de conducir, y su conteo empieza desde el momento de la perdida de la vigencia. Si paso el periodo de vigencia y no se solicitó 3 meses antes se puede solicitar una prórroga. 

Si el solicitante se ha visto involucrado en muchas infracciones legales, este puede entrar en privación del derecho a conducir y a la suspensión del mismo, ya sea por vía judicial o administrativa.

Documentación requerida cuando la Renovación de Carnet de Conducir se hace en un Centro Médico. 

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte original y en vigor, Autorización de Residencia o Documento de Identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros, En el caso de extranjeros comunitarios original y en vigor y Autorización de Residencia para extranjeros no comunitarios original y en vigor.

Un extranjero comunitario es una persona que está en un país del que no es nativo y debido a procedimientos burocráticos, ya sea por estudios o trabajo puede entrar y salir del país al que no pertenece sin algún tipo de inconveniente.

El titular se debe realizar una exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud psicofísica, Tasa IV3 (ver página web de la DGT), se le tomara una foto en el centro y se realizara la firma de la solicitud.

Documentación requerida cuando la Renovación se hace en la Jefatura Provincial de Tráfico. 

Solicitud en impresión oficial el cual está disponible en las jefaturas de tráfico y en la sede electrónica de la DGT, Tasa IV.3, Informe de Aptitud Psicofísica telemático comunicado al registro de conductores por un centro de reconocimiento de conductores, Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor, fotografía actualizada 32×26 cm en color, Talón Foto firmado (se obtiene en todas las jefaturas de tráfico).

Documentación requerida cuando la Renovación se hace en el extranjero (en representaciones consulares o diplomáticas). talón-foto firmado y con una fotografía (solicitar en la representación diplomática), informe de aptitud psicofísica (expedido por un médico del país donde se encuentre) y visado por la misión consular de España con una fotografía reciente. especificar la aptitud para la conducción y copia del resguardo del pago de la Tasa IV.3. 

Pago de la Tasa para Renovación de Carnet de Conducir. 

El pago de la tasa puede realizarse a través de internet o mediante transferencia bancaria. En el caso de que se haga el pago de la tasa por transferencia, en el concepto de la misma deben colocarse los siguientes datos: DNI, Apellido y Nombre y la Tasa de Renovación permiso de conducir.

Es de gran importancia recordar que el valor de las Tasas a pagar deben consultarse en la página de la dirección general de tráfico de España (la DGT), por medio de la siguiente dirección de la internet: https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/pago-tasas/pago-de-tasas/donde podrán consultar siempre las Tasas actualizadas.